La defraudación o evasión fiscal se da mediante el uso de comprobantes fiscales falsos, omisión reiterada de la expedición de facturas, entre otras estrategias fraudulentas. |
Puede que tenga un nombre específico para cada nación, pero en general, el departamento o Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el que se encarga de recaudar los impuestos a las medianas y grandes empresas. La evasión y defraudación fiscal son dos grandes dolores de cabeza para aquellos que gestionan operaciones relacionadas con los impuestos, ya que no solo perjudican a las personas involucradas con las funciones de la empresa, sino también que deteriora los servicios que están dispuestos al resto de la sociedad. En esta nueva entrada de Guillén Serrano & Associates, le explicamos cuáles son los peligros y consecuencias de evadir sus impuestos.
Evasión fiscal: un problema mundial
Uno de los mayores problemas actuales para muchos gobiernos a nivel mundial es la evasión y defraudación fiscal de parte de una gran cantidad de empresas, independientemente del rubro. Evadir la declaración y el pago de los impuestos implica, en términos generales, crear documentaciones falsas; como facturas a nombre de personas que no tengan ningún tipo de compromiso con la empresa, hacer doble contabilidad, deducciones financieras simuladas y pagos de nómina incorrectos.
Conociendo esta información, usted puede inferir que estos procedimientos son ilegales y que traen consecuencias negativas no solo para las empresas que ejecutan dichas acciones, sino que puede desestabilizar toda la estructura económica de un país. Son muchas las empresas las que forman parte de estas actividades ilícitas, lo que convierte a este problema en algo más complejo y difícil de controlar.
Actos que corresponden a una evasión de impuestos
- Utilizar documentación personal falsa.
- Omitir la expedición de comprobantes por cada actividad financiera que realice la empresa.
- Indicar datos falsos de la compañía para recibir devoluciones por las contribuciones.
- No llevar un registro contable de cada una de las operaciones.
- Declarar pérdidas fiscales que no existen.
- Simular contratos con otras empresas.
- Recibir pagos en la cuenta bancaria no declararlos como ingresos.
- Personas físicas que piden a otros hacer facturaciones por ellos.
- Realizar deducciones de operaciones ficticias.
- Realizar facturaciones de operaciones ficticias.
Básicamente, estas actividades permiten a la empresa modificar los documentos pertinentes a las operaciones financieras a su conveniencia, y así disminuir o eliminar tributos que deben ir obligatoriamente al Estado. Es por ello que la evasión fiscal se considera como un acto de corrupción, es decir, un delito.
Consecuencias de la evasión y defraudación fiscal
Como usted puede imaginar, las consecuencias por cometer actos fraudulentos son graves, y todo dependerá de la cantidad de dinero se deba al Servicio de Administración Tributaria (información obtenida según el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación):
- Con prisión de tres meses a dos años, siempre y cuando el monto de lo defraudado no exceda de $500,000.00.
- Con prisión de dos años a cinco años, siempre y cuando el monto de lo defraudado exceda de $500,000.00 pero no de $750,000.00.
- Con prisión de tres años a nueve años, siempre y cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $750,000.00.
- En el caso de que no se pueda determinar la cifra exacta de lo que se defraudó, la pena será de tres meses a seis años de prisión.
Nuestra mejor recomendación es que, si usted se encuentra en una situación que guarde relación con la evasión o defraudación de impuestos, contacte ahora mismo a Guillén Serrano & Associates a través del blog y redes sociales que se encuentran al final de la entrada para informarse sobre su siguiente paso y así evitar problemas legales. Construya el futuro ideal para usted y su familia con la asesoría profesional y personalizada de Guillén Serrano & Associates.
Facebook: GuillenSerranoA
Twitter: GuillenSerranoA
Instagram: GuillenSerranoA
No hay comentarios:
Publicar un comentario